Ley 26.873
Establece acciones de promoción de la lactancia materna exclusiva y prácticas óptimas de alimentación en niños hasta los seis meses de edad, así como también la promoción de la lactancia materna continuada y alimentación complementaria oportuna para niños de hasta dos años de vida. Dentro de la ley se contempla la difusión y accesibilidad a la información. También la promoción y apoyo a la creación de centros de lactancia materna y bancos de leche materna.