Dignidad y autonomía

La dignidad personal y la autonomía son la base misma de los derechos humanos y están vinculadas de manera inextricable a los principios de igualdad y no discriminación. Como resultado, el respeto por la dignidad inherente de todos debe informar a todas las políticas públicas. Los agentes del Estado, los proveedores de servicios privados y las personas deben evitar la estigmatización y los prejuicios, y reconocer y apoyar la realización de los derechos humanos para todos; especialmente en grupos vulnerables como los que viven en la pobreza, los que viven con VIH / SIDA y los inmigrantes. Respetar la dignidad de quienes reciben los beneficios de seguridad social del Estado implica que todos los actores dentro del sistema de seguridad social deben reconocer los esfuerzos que los beneficiarios están haciendo para mejorar sus vidas. Esto también implica que se establezcan niveles mínimos esenciales de protección social de manera que permitan una vida en condiciones de salud y dignidad (Recomendación sobre pisos de protección social, Nº 202, párrafo 8).

Ciertos grupos de personas son particularmente vulnerables porque la marginación, la exclusión y la estigmatización a menudo significan que las políticas y los servicios públicos no los alcanzan de manera efectiva. Los obstáculos, la inseguridad y los factores estructurales frecuentemente les imposibilitan reclamar sus derechos y desarrollar su potencial de manera independiente; necesitan apoyo activo del Estado y otras partes interesadas relevantes. Además, la vergüenza de una percepción de falta de autoabastecimiento puede hacer que algunos beneficiarios de los beneficios se abstengan de participar en la vida social y política. En este respecto, los Estados deberían garantizar que las políticas de protección social estén “a prueba de vergüenza”; en otras palabras, explícitamente diseñadas para responder a las necesidades especiales de las personas desfavorecidas de manera que promuevan la dignidad y reduzcan al mínimo la estigmatización de las personas que reciben prestaciones de seguridad social. Por ejemplo, incorporando medidas anti estigma (Recomendación núm. 202, párrafos 3(c) y (d)).

Condicionalidades y estándares de derechos humanos

Desde la perspectiva de los derechos humanos, la imposición de condicionalidades en los programas de protección social debe abordarse con cautela porque tienen el potencial de impedir el disfrute de los derechos humanos por parte de ciertos titulares de derechos. Las transferencias monetarias condicionadas (CCT) se están implementando cada vez más en muchos países bajo el supuesto de que fortalecen el capital humano y, a largo plazo, contribuyen a romper la transmisión intergeneracional de la pobreza. Sin embargo, una perspectiva basada en los derechos exige un escrutinio crítico.

La imposición de condicionalidades, también llamadas “corresponsabilidades”, requiere que las personas cumplan con ciertos compromisos, como enviar a los niños a la escuela o recibir chequeos de salud periódicos para recibir todos o parte de sus beneficios de protección social. Aunque estos compromisos pueden contribuir a fortalecer los derechos a la educación o la salud, también pueden sugerir que las personas que viven en pobreza no pueden tomar decisiones racionales para mejorar sus vidas, lo que podría tener la consecuencia indeseada de reforzar los estereotipos prevalecientes sobre los pobres: que son descuidados e irresponsables. En este sentido, las condicionalidades corren el riesgo de violar el derecho a la dignidad de los pobres.

En virtud de los tratados internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), los Estados partes están obligados a cumplir inmediatamente con los niveles mínimos esenciales del derecho al alimento, salud, vivienda, educación y seguridad social. Estos son derechos humanos inherentes y no están condicionados a la realización de ciertas acciones o el cumplimiento de requisitos.

Las condiciones, aunque están diseñadas para mejorar la calidad de vida y el acceso a la protección social, pueden aumentar la demanda de servicios públicos en partes del mundo donde los servicios disponibles no son adecuados en calidad o cantidad. Por ejemplo, las personas -mujeres y niñas en particular- pueden verse impedidas de cumplir con las condiciones impuestas por un programa de protección social si las clínicas de salud están lejos de sus hogares, la calidad del servicio es demasiado baja, o enfrentan dificultades de comunicación o se encuentran con funcionarios con un enfoque discriminatorio. También pueden tener la consecuencia involuntaria de ejercer presión sobre los proveedores de servicios en áreas sin los recursos suficientes para atender el creciente número de clientes.  Los programas de protección social, por lo tanto, deben garantizar que se brinden los servicios adecuados necesarios para cumplir con los requisitos del programa. Los proveedores de servicios públicos deben estar capacitados en prácticas culturalmente apropiadas y en las necesidades específicas de las mujeres, en particular las que sufren múltiples formas de discriminación (como las mujeres indígenas o las mujeres con discapacidad).

Cuando se impongan condiciones, se incurrirá en costos adicionales para la administración y el monitoreo. Para cubrir estos costos, se pueden usar recursos que de otro modo podrían haber servido para mejorar los servicios sociales. Además, los titulares de derechos a menudo incurren en costos de oportunidad significativos para cumplir con las condiciones impuestas sobre ellos.

El impacto de los CCT en asuntos de género es una preocupación desde una perspectiva basada en los derechos. Muchos programas de CCT canalizan el dinero a través de mujeres, a quienes se les asigna la responsabilidad de llevar a cabo las condiciones. Esto aumenta la demanda de tiempo, especialmente en ausencia de servicios de apoyo, como el cuidado de niños, y limita su capacidad de participar en un trabajo remunerado o de ocio. Cuando las dimensiones de género no se abordan de manera adecuada, también pueden reforzar las divisiones de trabajo basadas en el género.

Social Protection and Human Rights