Políticas integrales, coherentes y coordinadas

La interdependencia, la indivisibilidad y la naturaleza de los derechos humanos que se refuerzan mutuamente exigen un enfoque holístico de la protección social. Como tal, según el derecho internacional de los derechos humanos, los programas de protección social deberían ser un elemento dentro de una estrategia más amplia orientada a superar la pobreza y hacer realidad todos los derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho a la educación, alimentación y vivienda. De hecho, la Recomendación núm. 202 de la OIT (párrafo 3 (l)) reconoce la necesidad de coherencia política para aumentar la capacidad del gobierno de alcanzar los objetivos de desarrollo deseados con recursos limitados y garantizar que las políticas sociales y económicas se refuercen mutuamente. En otras palabras, el Estado debe garantizar la coordinación y la complementariedad con otras políticas sociales, económicas, de desarrollo y de empleo.

Los programas fragmentados de protección social y la falta de coordinación y cooperación suficientes entre los actores aumentan la probabilidad de que se infrinjan los derechos de las personas que viven en la pobreza. Esto se debe en parte al debilitamiento de la capacidad de los titulares de derechos para identificar quién es responsable de ciertos aspectos de la implementación del programa. Las políticas incoherentes pueden ser un desincentivo para la acción y un grave impedimento para la realización de los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente de las personas más vulnerables y / o menos representadas. Además, los programas coordinados ineficazmente pueden dejar brechas en la cobertura, inducir errores de exclusión o aumentar el riesgo de que las actividades en un sector tengan efectos imprevistos en otro.

La responsabilidad de garantizar la coordinación de los programas y las políticas sigue correspondiendo a los Estados, aun cuando los programas estén financiados por asistencia internacional o por agentes privados. Los compromisos políticos de la comunidad de donantes para mejorar la eficacia de la ayuda se establecieron con la Declaración de París, el Programa de Acción de Accra y el Documento de la Alianza de Busan. Estos reiteran los compromisos de los países en desarrollo y los donantes para garantizar que sus respectivas políticas y programas de desarrollo se diseñen y apliquen de manera coherente con los principios y obligaciones de derechos humanos. El Estado conserva su condición de principal responsable independientemente de la fuente de los fondos, y además está obligado a reclamar progresivamente sus responsabilidades financieras y administrativas a los agentes externos cuando se recurre a la asistencia internacional. Una perspectiva basada en los derechos requiere que los Estados realicen un compromiso institucionalizado de disponer progresivamente de un sistema nacional integral de protección social (Recomendación 202 de la OIT, párrafo 3 (g)).

Social Protection and Human Rights