Decreto ley No. 339

Country: Cuba
Year: 2017
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El objetivo de este Decreto Ley es conceder derechos a la madre y al padre trabajadores del sector estatal, en lo que a cada cual corresponda, para propiciar la responsabilidad compartida con la familia en el cuidado y atención del hijo e hija menores de edad, en lo adelante menor. Establece que si la madre se reincorpora al trabajo una vez terminada la licencia pre y posnatal, puede seguir recibiendo la prestación social a la que tiene derecho con su salario hasta que el menor cumpla un año de vida. Además se establece en el artículo 22, que si la madre trabajadora fallece en el momento del parto o dentro del período de licencia posnatal, el padre, si es trabajador, tiene derecho a la prestación económica y social que no disfrutó la madre para el cuidado del menor, con independencia de la pensión por causa de muerte que esta pueda generar. En el artículo 23 se estipula que el padre puede determinar que los derechos establecidos en el artículo anterior (Art.22) se ejerzan por la abuela, abuelo, hermana o hermano, maternos o paternos u otro familiar, hasta que el menor arribe al primer año de vida.

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