Marco legal e institucional adecuado, y estrategias de protección social a largo plazo

Un enfoque de la protección social basado en los derechos humanos requiere que los sistemas de protección social se basen en un sólido marco jurídico e institucional. Esto debería garantizar tanto la estabilidad del programa como el reconocimiento de los beneficiarios como titulares de los derechos. La necesidad de establecer marcos jurídicos sólidos que definan claramente los derechos, los derechos y las obligaciones está prevista en la Recomendación núm. 202 (párrafos 3b y 7).

En particular, la consagración en la ley junto con un plan de acción nacional a largo plazo para la protección social aumenta en gran medida las garantías de protección social para todos, y especialmente para los grupos más desfavorecidos y vulnerables. También ayuda a garantizar que las medidas de protección social estén protegidas de la manipulación política y que reciban un compromiso duradero de las autoridades estatales, independientemente del cambio de los líderes del gobierno. Un marco legal adecuado es aquel que incluye:

  • requisitos precisos de elegibilidad para los programas de protección social;
  • mecanismos para garantizar la transparencia y el acceso a la información sobre los programas disponibles;
  • definición de los diversos roles y responsabilidades de todos los involucrados en la implementación de los programas en diferentes niveles de gobierno;
  • la articulación de los requisitos financieros a largo plazo, garantizando la adecuación y la previsibilidad de los beneficios;
  • reclamación accesible y mecanismos de apelación; y
  • canales de participación para los beneficiarios.

Un marco institucional claro es esencial para permitir a los titulares de los derechos identificar a los titulares de obligaciones a cargo de las responsabilidades específicas. El marco institucional debería facilitar la prestación adecuada de los sistemas de seguridad social y administrarse de manera sólida, transparente y responsable, en particular de forma tal que permita la sostenibilidad financiera a largo plazo (Convenio Nº 102 de la OIT, artículos 71 y 72 y la Recomendación núm. 202, párrafos 3j, k, y n).

Un elemento clave de un marco institucional eficaz es una estructura financiera funcional. Con base en los principios de buena gobernanza, establecidos en el Convenio No. 102 de la OIT (Artículo 71), la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT ha identificado los siguientes principios (2011, págs. 180-199):

  1. La financiación de la seguridad social debe ser sostenible, basada en el principio de la financiación sostenible y bajo la responsabilidad general del Estado.
  2. Los fondos de la seguridad social deben protegerse lo mejor posible contra la mala gestión, las fluctuaciones cíclicas y las fallas del mercado.
  3. El poder adquisitivo de los beneficios en el pago debe mantenerse ajustándolos al costo de la vida.
  4. Los déficits financieros en relación con la seguridad social deberían obviarse a largo plazo, a través del establecimiento por el Estado de un plan de financiación para asegurar tal solvencia.

La Recomendación núm. 202 de la OIT (párrafos 3j, 3k, 11 y 12) especificaba además que los pisos nacionales de protección social deberían financiarse con recursos nacionales, aunque los países con capacidades económicas y fiscales insuficientes pueden solicitar apoyo internacional para garantizar un nivel básico de seguridad social para todas.

Para más información sobre la obligación de adoptar y aplicar una estrategia nacional de seguridad social y un plan de acción en virtud del Artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), véase la Observación general 19 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Social Protection and Human Rights